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Tegucigalpa
- El Tribunal Supremo Electoral (TSE) se apresta a inscribir como
candidato a diputado por el Partido Nacional al secretario del Congreso
Nacional, Juan Orlando Hernández, de acuerdo a un borrador
de trabajo al que tuvo acceso EL HERALDO.
Hernández,
según algunos políticos de oposición, no puede
ser diputado porque el artículo 199 de la Constitución
de la República se lo prohíbe en virtud de ser pariente
en segundo grado de afinidad de la magistrada de la Corte Suprema
de Justicia, María Elena Matute. |
El
ente colegiado le ha venido dando largas a este caso, pero se supo de
fuentes vinculadas a este organismo que el caso será resuelto en
los próximos días y que la votación será dos
a uno, con un voto razonado del magistrado Arístides Mejía.
EL
DICTAMEN
La
resolución del máximo organismo electoral del país
estará basada, según el proyecto en poder de este rotativo,
en dos aspectos de carácter jurídico: en primer lugar, que
la Constitución de Honduras está por debajo de los tratados
internacionales y, en segunda instancia, porque Hernández ya es
diputado y el caso de la incompatibilidad únicamente afecta a los
que se postulan por primera vez.
En
el considerando número tres del proyecto de resolución se
hace hincapié en que Honduras es suscriptora de la Declaración
de Derechos Humanos aprobada por la 183 Asamblea General de las Naciones
Unidas el 10 de diciembre de 1948. En esta declaración se advierte
que ningún estado firmante puede discriminar a nadie en sus aspiraciones
de ningún tipo.
Además,
Honduras es firmante del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
aprobado mediante resolución 2200 el 16 de diciembre de 1966 y
ratificado por el Congreso Nacional el 18 de junio de 1995. “Los
estados parte del presente Pacto se comprometen a garantizar a hombres
y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos”,
dice.
Luego,
añade: los ciudadanos también gozarán del derecho
a “votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas,
realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice
la libre expresión de la voluntad de los electores”.
TIENE
DERECHO
El
ex presidente del Tribunal Nacional de Elecciones (TNE), Guillermo Casco
Callejas, dijo que comparte la opinión de expertos en materia electoral,
quienes afirman que el caso de Hernández es especial porque él
ya es diputado.
“El
ciudadano Hernández ya es diputado, ahí está la diferencia,
caso distinto sería si fuese candidato por primera vez”,
expuso, para enseguida añadir: “Si la ciudadanía lo
aceptó en las primarias (lo mismo que el Tribunal), lo que hubo
fue un acto de ratificación en el desempeño de sus funciones.
Ésta es la interpretación que se le tiene que dar”.
En
el voto razonado que oficializará el magistrado Arístides
Mejía, cuando se someta a discusión el caso del diputado,
dice: Las incompatibilidades de las que habla la Constitución de
la República “van más allá de las disposiciones
contenidas en los tratados o convenios internacionales… pero tratándose
de convenios internacionales que obligan al Estado de Honduras a cumplir
lo dispuesto en las mismas, la única manera de desligarse del cumplimiento
de sus disposiciones es a través de haberlo suscrito bajo reservas
o mediante la denuncia del tratado, lo cual no es de nuestro conocimiento
que haya sucedido”.
Consecuentemente,
agrega, es necesario solicitar al Congreso Nacional que tenga a bien informar
al Tribunal si los convenios y tratados firmados por Honduras, antes de
la elaboración de la nueva Constitución, están vigentes.
Tomado
de elheraldo.hn
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