“Cocinada” inscripción de Juan Orlando Hernández
 

Tegucigalpa - El Tribunal Supremo Electoral (TSE) se apresta a inscribir como candidato a diputado por el Partido Nacional al secretario del Congreso Nacional, Juan Orlando Hernández, de acuerdo a un borrador de trabajo al que tuvo acceso EL HERALDO.

Hernández, según algunos políticos de oposición, no puede ser diputado porque el artículo 199 de la Constitución de la República se lo prohíbe en virtud de ser pariente en segundo grado de afinidad de la magistrada de la Corte Suprema de Justicia, María Elena Matute.

El ente colegiado le ha venido dando largas a este caso, pero se supo de fuentes vinculadas a este organismo que el caso será resuelto en los próximos días y que la votación será dos a uno, con un voto razonado del magistrado Arístides Mejía.

EL DICTAMEN

La resolución del máximo organismo electoral del país estará basada, según el proyecto en poder de este rotativo, en dos aspectos de carácter jurídico: en primer lugar, que la Constitución de Honduras está por debajo de los tratados internacionales y, en segunda instancia, porque Hernández ya es diputado y el caso de la incompatibilidad únicamente afecta a los que se postulan por primera vez.

En el considerando número tres del proyecto de resolución se hace hincapié en que Honduras es suscriptora de la Declaración de Derechos Humanos aprobada por la 183 Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948. En esta declaración se advierte que ningún estado firmante puede discriminar a nadie en sus aspiraciones de ningún tipo.

Además, Honduras es firmante del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado mediante resolución 2200 el 16 de diciembre de 1966 y ratificado por el Congreso Nacional el 18 de junio de 1995. “Los estados parte del presente Pacto se comprometen a garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos”, dice.

Luego, añade: los ciudadanos también gozarán del derecho a “votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores”.

TIENE DERECHO

El ex presidente del Tribunal Nacional de Elecciones (TNE), Guillermo Casco Callejas, dijo que comparte la opinión de expertos en materia electoral, quienes afirman que el caso de Hernández es especial porque él ya es diputado.

“El ciudadano Hernández ya es diputado, ahí está la diferencia, caso distinto sería si fuese candidato por primera vez”, expuso, para enseguida añadir: “Si la ciudadanía lo aceptó en las primarias (lo mismo que el Tribunal), lo que hubo fue un acto de ratificación en el desempeño de sus funciones. Ésta es la interpretación que se le tiene que dar”.

En el voto razonado que oficializará el magistrado Arístides Mejía, cuando se someta a discusión el caso del diputado, dice: Las incompatibilidades de las que habla la Constitución de la República “van más allá de las disposiciones contenidas en los tratados o convenios internacionales… pero tratándose de convenios internacionales que obligan al Estado de Honduras a cumplir lo dispuesto en las mismas, la única manera de desligarse del cumplimiento de sus disposiciones es a través de haberlo suscrito bajo reservas o mediante la denuncia del tratado, lo cual no es de nuestro conocimiento que haya sucedido”.

Consecuentemente, agrega, es necesario solicitar al Congreso Nacional que tenga a bien informar al Tribunal si los convenios y tratados firmados por Honduras, antes de la elaboración de la nueva Constitución, están vigentes.

Tomado de elheraldo.hn


 
Todos los derechos reservados PROCESO.HN ® Copyright 2005