08 de junio de 2006
Redacción Proceso Digital 
 
  • Pidió a la Fiscalía ampararse en el criterio de oportunidad que le permita librarse de una acusación criminal

Tegucigalpa - El diputado, Miguel Ángel Gamez, aceptó ante la Fiscalía General de la República haber hecho declaraciones racistas en contra de los negros y pidió ampararse en el principio jurídico de Criterio de Oportunidad, informó este día a los representantes de las comunidades negras del país, el fiscal general Leonidas Rosa Bautista.

En una entrevista ofrecida a Proceso Digital en marzo pasado, Gamez vertió declaraciones discriminatorias y racistas en contra de las personas de la raza negra, lo que dio lugar a que la Fiscalía Especial de Etnias y Patrimonio Cultural le abriera un expediente por el delito de racismo.

A raíz de ese mismo incidente, que causó un revuelo en el país, el parlamentario del Partido Nacional, también, fue denunciado formalmente ante el Ministerio Público por la Organización de Desarrollo Étnico Comunitario (Odeco), que aglutina a las principales comunidades garífunas del país.

Precisamente este jueves, un grupo de representantes de Odeco, encabezado por su presidente, Celeo Álvarez Casildo, junto a sus apoderados legales, se entrevistaron con el fiscal general, Leonidas Rosa Bautista, para conocer los avances del caso y ver si se le formulará acusación criminal.

Al cabo de la reunión, el apoderado legal de Odeco, Mateo Galán, dijo que el fiscal general, Leonidas Rosa, les comunicó que el caso sigue en curso y que el diputado denunciado solicitó que se le aplicara el Criterio de Oportunidad, figura jurídica contemplada en el Código Procesal Penal.

Mediante esta figura, la persona acusada acepta la comisión de determinado delito y se compromete a resarcir los daños a los agraviados.

No obstante, Galán explicó que el Criterio de Oportunidad tiene un procedimiento que para ser concedido, primero debe escucharse a la parte agraviada, en segundo lugar debe repararse el daño causado en la medida de lo posible y, tercero, los afectados deben dar su consentimiento de que aceptan la medida.

Miguel Angel Games.

“Desde el momento mismo que alguien solicita la aplicación de un Criterio de Oportunidad es porque considera que ha incurrido en un acto ilícito, consecuentemente hay que evacuar este procedimiento y será la parte agraviada la que decidirá si lo acepta o no”, aseveró.

El profesional del derecho explicó que de aceptar las comunidades negras la solicitud de expuesta por el diputado Gamez, éste quedaría exento de que se le formulen cargos por el delito de racismo y tenga que presentarse en un juicio, pero deberá resarcir o reparar los daños causados a los afectados.

En Honduras, el delito de racismo es penado con tres a cinco años de prisión y con una sanción económica de tres mil a 150 mil lempiras.

“En este momento hemos tenido la información necesaria para poder consensuar con las personas involucradas y con todos los grupos étnicos a efecto de manifestarse sobre esta solicitud de Criterio de Oportunidad presentada por el diputado Miguel Ángel Gamez”, dijo.

Al respecto, el presidente de Odeco, Celeo Álvarez Casildo, indicó que por lo pronto no podía adelantar si aceptarán la solicitud del legislador, pero la semana entrante las diferentes comunidades negras del país se reunirán para determinar si lo aceptan o siguen con el proceso.

Miembros de la comunidad garífuna, cuando salían de la fiscalía.

Sin embargo, indicó que “nosotros somos reiterativos en el sentido que hubo un delito y que debe castigarse y darle el procedimiento que manda la ley”.

Para el dirigente garífuna, este es un caso que escandalizado a la sociedad hondureña y los ojos del mundo están puestos en Honduras, por consiguiente debe de resolverse conforme a derecho.

“En este momento no puedo adelantar la decisión que vamos tomar, tendremos que reunirnos para resolver la solicitud, pero la próxima semana por tarde tendremos una respuesta”, anotó.

Casildo indicó que reunirán toda la documentación que sea necesaria y recogerán la opinión versada de expertos en el tema de derechos humanos para llegar a una solución final a efecto que situaciones como estas no vuelvan a ocurrir en el futuro.

CUANDO SE APLICA EL CRITERIO DE OPORTUNIDAD

Artículo 28. El MP tendrá la obligación de ejercer la acción penal pública. No obstante, podrá abstenerse de ejercitar total o parcialmente la acción penal, limitarla a alguna de las infracciones o a alguno de los imputados , en los casos siguientes:

1.- Cuando la pena no exceda de 5 años, la afectación del interés público sea mínima y, de los antecedentes y circunstancias personales del imputado, se infiera su falta de peligrosidad;

2-Cuando el imputado haya hecho cuanto estaba a su alcance, para impedir la consumación de los efectos del delito, si de los antecedentes y circunstancias personales del imputado, se infiera una falta de peligrosidad;

3... trata de los parientes

4.- Cuando la pena a aplicar por un delito, sea de menor importancia en comparación con la que se le impuso o se le debe imponer a la misma persona por otro delito conexo; y

5- habla de casos de crimen organizado

Artículo 29. Aplicación del criterio. La aplicación del criterio de oportunidad deberá ser autorizada por el Fiscal General de la República, quien podrá delegar esta facultad en el Director de Fiscales y éste en el sentido descendente de la jerarquía, excepto en el caso previsto en el numeral 5) del artículo 28, cuya autorización debe darla el titular de la Fiscalía General de la República.

Si como consecuencia de un delito, se hubieran ocasionado daños o perjuicios, será necesario, para aplicar el criterio de oportunidad, que el imputado haya reparado el daño causado o logrado de acuerdo con la víctima en cuanto en la reparación.


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