Agudizan penas por explotación sexual y trata de personas
en Honduras
   

22 de febrero de 2006
Redacción Proceso Digital

Tegucigalpa - Honduras puso en vigor hoy reformas al Código Penal que tipifica y penaliza los delitos de explotación sexual comercial de menores de edad y la trata de personas.

Según las reformas, publicadas hoy en el Diario Oficial “La Gaceta” se penará con seis a 10 años de prisión a quienes se encuentren culpables del pago de servicios de explotación sexual de menores de edad.

La trata de personas con fines de explotación sexual comercial cuando se involucran niños menores de 18 años de edad, se penará hasta con 19 años de reclusión, agregan las reformas.

Establece que “quien induzca o permita la exposición de personas menores de 18 años en centros que promuevan la explotación sexual comercial será sancionada con penas de reclusión de 3 a 6 años y multas de 50 a 100 salarios mínimos”.

Agrega que “cometen el delito de pornografía quien por cualquier medio, sea directo o mecánico o con soporte informático electrónico u otro tipo, financie, produzca, reproduzca, distribuya, importe, exporte, ofrezca , comercialice o difunda material donde se utilice la persona o imagen de personas menores de 18 años”.

Quienes se dediquen a esta actividad, añade, serán castigados con 10 a 15 años de prisión y multas que van desde 200 a 300 salarios mínimos.

La fiscal especial de la Niñez, Nora Urbina, dijo que estas reformas se convierten “en un instrumento importante” para el trabajo de su dependencia, no obstante consideró que estas medidas “deben ser acompañadas de mayor asignación de recursos, mayor número de agentes de investigación para trabajar en estos temas”.

 
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