La
ordenanza, aprobada el pasado 7 de septiembre por el pleno de
la Corporación Municipal , en uso de las atribuciones que
le confiere la Ley de Municipalidades, tendrá vigencia
únicamente el próximo 15 de septiembre del presente
año, entre las 06 de la mañana y las 06 de la tarde.
La disposición edilicia estipula que los bares, expendios
de aguardiente, estancos y depósitos de alcohol localizados
en lugares públicos, zonas urbanas, suburbanas y aldeas
de la jurisdicción del Distrito Central, permanecerán
cerrados todo el tiempo que estipula la ordenanza, para garantizar
la protección de la vida y los bienes de los habitantes
dentro de la circunscripción municipal..
Asimismo, los propietarios, administradores o arrendadores de
supermercados, restaurantes, pulperías, mercaditos, casetas
con venta de golosinas, merenderos, cafeterías, ventas
de pollos, tiendas de conveniencia, gasolineras, discotecas y
clubes nocturnos tendrán la responsabilidad de colocar
un rotulo en su negocio, visible a los clientes con la leyenda,
“prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas
y embriagantes por motivo de ley seca”
El incumplimiento de la Ordenanza Municipal , será considerado
como una falta grabe y sancionada conforme a lo establecido en
el artículo 132 de la Ley de Policía y Convivencia
Social, con una multa de entre Quinientos un lempiras (L.501.00)
y cinco mil lempiras (L5, 000.00), cada vez que se viole, sin
perjuicio de que la autoridad municipal proceda al cierre del
negocio y al decomiso del producto.
El estricto cumplimiento de la presente ordenanza municipal será
responsabilidad del Departamento de Justicia Municipal, la Policía
Municipal y la Policía Preventiva , que trabajarán
en conjunto para que se respete la Ley Seca , que es de carácter
obligatorio y entrará en vigencia inmediatamente.