24 de Octubre de 2006
Redacción Proceso Digital

Tegucigalpa - La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó una vez más al gobierno de Honduras por violaciones a los derechos a la vida, la integridad y la libertad de las personas, confirmó hoy en un comunicado el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).

La condena contra el estado hondureño esta vez recayó por la detención y posterior ejecución arbitraria de cuatro jóvenes en el año de 1995 por parte de agentes de la policía preventiva.

Este caso es conocido como “Los cuatro puntos cardinales” en vista que los jóvenes fueron encontrados ejecutados en las cuatros salidas de la ciudad capital, después de que fueron arrestados por la policía, por supuestamente participar en los disturbios del 15 de septiembre de 1995.

El 11 de octubre del 2000, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Asociación Casa Alianza América Latina presentaron denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), alegando la responsabilidad del Estado de Honduras por la detención ilegal, tortura y posterior asesinato de Marco Antonio Servellón García (16 años), Rony Alexis Betancourt Hernández (17 años), Diómedes Obed García (18 años) y Orlando Alvarez Ríos (32 años).

Según las investigaciones de los organismos de derechos humanos, los jóvenes fueron sometidos a golpizas y malos tratos por los agentes de la policía y un día después sus cuerpos fueron encontrados en distintos sitios de la capital hondureña.

Los peticionarios alegaron que los hechos denunciados configuraban la violación de los derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los derechos del niño en el caso de Marco Antonio Servellón García y Rony Alexis Betancourt Hernández.

Casa Alianza y el Centro de Justicia y Derechos Internacional (CEJIL) indicaron en la Corte Interamericano que las muertes de los jóvenes no constituyeron un hecho aislado, sino que formó parte de una política sistemática de violación a los derechos humanos, dirigidos principalmente a niños y adolescentes en situación de riesgo.

Según los denunciantes, este patrón respondió a una acción de limpieza social en el marco de la política de combate de las maras, que incluso fue fomentado y tolerado por las autoridades

Aunque, el estado hondureño se allanó a la demanda que presentó la CIDH y el resto de peticionarios, se opuso a la parte que señalaba que las muertes obedecían a una política de limpieza social que imperaba en el país en esa época.

Desde la ejecución de los jóvenes han transcurrido más de nueve años y hasta la fecha no se ha sancionado a ninguno de los responsables a pesar que hubo testigos que señalaron como responsables a varios agentes de la seguridad pública hondureña.

En virtud de los hechos demostrados, la CIDH ordenó al gobierno de Honduras establecer un programa de formación y capacitación para el personal policial, judicial, del Ministerio Público y penitenciario sobre protección a niños y jóvenes.

Por otro lado, el estado hondureño deberá llevar a cabo una campaña pública para sensibilizar a la sociedad sobre la protección a niños y jóvenes y hacerles ver que éstos no son delincuentes sino un sector en riesgo social.

Además, el estado deberá emitir, en el plazo de un año, un sello postal alusivo a la protección que el estado debe darle a los niños y jóvenes en situación de riesgo para evitar que estos se conviertan en víctimas de la violencia que impera en este país centroamericano.

Las sentencias y resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son de obligatorio cumplimiento de los países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA).

 
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