La
juez de lo Penal número 3 de Santander, Paz Aldecoa, ha
absuelto a un hombre por descargar y compartir música en
Internet. La juez considera que esa práctica no es delito
si no hay ánimo de lucro, y que está amparada por
el derecho de copia privada.
El
Ministerio Fiscal y la Asociación Fonográfica y
Videográfica Española (Afyve) pedían para
el acusado dos años de cárcel, 7.200 euros de multa
y el pago de al menos 18.361 en concepto de indemnización.
A su vez, la Asociación Española de Distribuidores
y Editores de Software de Entretenimiento (Adese), pedía
un año y medio de cárcel y 6.000 euros de multa.
La magistrada, sin embargo, considera que no existe delito, ya
que el acusado no tenía ningún ánimo de lucro
y compartía su música "sin mediar precio".
La
sentencia afirma que concluir lo contrario "implicaría
la criminalización de comportamientos socialmente admitidos
y además muy extendidos en los que el fin no es en ningún
caso el enriquecimiento ilícito, sino el ya reseñado
de obtener copias para uso privado".
El
acusado, un hombre de 48 años, fue procesado por "bajarse"
de Internet álbumes musicales a través de distintos
sistemas de descarga, hacer copias digitales de los discos que
poseía y ofrecerse a intercambiar su colección con
otros internautas en chats y correos electrónicos.
Tomado
de Baquia.com