Para Nicaragua, el tratado Esguerrra-Bárcenas tenía
como finalidad establecer "la ubicación" de las
islas del archipiélago San Andrés y no otorgar su
soberanía a Colombia o mucho menos establecer la frontera
marítima entre esos dos países en el meridiano 82.
Nicaragua dice que el meridiano 82 solamente se señaló
en ese pacto para definir que las islas ubicadas al oeste de esa
línea no formaban parte del archipiélago de San Andrés.
Colombia sostuvo ayer que lo que acordó con Nicaragua en
1928 y 1930 fue que la frontera marítima entre estos dos
países la marcaba el meridiano 82 y que el archipiélago
de San Andrés y Providencia quedaban bajo soberanía
colombiana.
Argüello y el profesor de la Universidad de París X-Nanterre,
Alain Pellet, rebatieron hoy esa postura y aseguraron que en 1930
no se fijó ni la frontera marítima, ni qué
zona de explotación económica pertenecía a
ambos países.
Para Nicaragua está en duda especialmente la soberanía
sobre los cayos Roncador, Serrano y Quitasueño, que "expresamente"
se retiraron del objeto del tratado Esguerra-Bárcenas, puntualizó
el profesor de Derecho Internacional de la Universidad de Madrid,
Remiro Brotóns.
Estos tres cayos eran primero reclamados por Estados Unidos, pero
en 1972 este país dejó de atribuirse la pertenencia
de Quitasueño, Roncador y Serrano, aunque sin aclarar sobre
qué país recaía la soberanía sobre esas
islas, explicó Argüello.
Las audiencias que desde ayer se celebran en la CIJ versan sobre
si ese organismo tiene jurisdicción para dirimir en la controversia
marítima que Nicaragua afirma que todavía mantiene
con Colombia.
Colombia puso en duda ayer la jurisdicción de la Corte en
este caso porque dice que no existe tal disputa marítima
con Nicaragua, porque fue solventada en el tratado Esguerra-Bárcenas
de 1928-30.
Nicaragua subrayó hoy que sí existe tal litigio, como
lo demuestra que después de 1930 también tuvieron
lugar negociaciones bilaterales con Colombia para intentar resolverlo.
"En 1977 y 1995 dos presidentes colombianos diferentes anunciaron
negociaciones con Nicaragua" para tratar de acordar la frontera
marítima, según palabras del embajador Argüello
hoy en la CIJ.
Nicaragua, que elevó el caso a la CIJ en 2001, basó
su denuncia en el artículo 31 del "Pacto de Bogotá"
de 1948, en el cual se recoge que Bogotá y Managua reconocen
la competencia de la CIJ en la resolución de conflictos relacionados
con el derecho Internacional o la interpretación del Tratado.
Colombia desafió ayer la validez de este artículo
como base legal de la denuncia de Nicaragua, argumentando que el
pacto de Bogotá también dice en su artículo
6 que no puede aplicarse en temas que ya han sido solucionados en
tratados anteriores.
Además, invocando el artículo 44 del pacto de Bogotá,
Colombia pidió a la CIJ que declare "terminado"
el conflicto de naturaleza marítima en juego, que para Bogotá
ya está solventado desde 1930.
Las audiencias continuarán el jueves con la segunda ronda
de intervención de Colombia y concluirán el viernes
con la réplica nicaraguense.
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