Nueva impugnación contra pastor Mario Tomás Barahona
 

Tegucigalpa - Apenas 24 horas después de haber presentado ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) un permiso de ausencia temporal de su iglesia, como último esfuerzo para lograr su inscripción como diputado, ayer fue impugnado nuevamente el pastor Mario Tomás Barahona.

Barahona, quien fue inhabilitado por la Corte Suprema de Justicia junto a dos religiosos más, llegó anteayer al organismo electoral a entregar un permiso que su iglesia, Mi Viña, le concede para que pueda legalizar su situación.

Ese escrito, con el cual Barahona pretende incorporarse al estado seglar, como lo exige la Constitución en sus requisitos para ser diputado, es un último esfuerzo de este líder religioso por consolidar su candidatura a diputado por Francisco Morazán.

Fue entregado al ente colegiado horas después de que la Sala de lo Constitucional de la Corte lo inhabilitara junto a los también predicadores Heriberto Chica y Rafael Antúnez, quienes, aparentemente, han decidido no seguir con su lucha política.

ÚLTIMO RECURSO
Con el permiso, Barahona pretendía legalizar su inscripción, pero no se imaginaba que el mismo abogado que presentó el recurso de amparo ante la Sala de lo Constitucional sólo esperaba que él saliera de la Secretaría del Tribunal para entrar con un escrito de objeción.

En este documento, el profesional del derecho, Carlos Humberto Espinal Padilla, pide al organismo electoral “ejecutar la sentencia de amparo proferida por la Corte Suprema de Justicia, con fecha 27 de julio”.

Luego, solicita que se “declare improcedente e impertinente” el permiso porque, además de extemporáneo, le fue concedido por la pastora María Elena Martínez Cárcamo de Barahona, que por cierto es la esposa del cuestionado pastor. Ella “ejerce el cargo ministerial de pastora y profeta de la iglesia Mi Viña, de la cual el candidato a diputado cuestionado es el propietario”, dice el escrito de objeción.

Según la impugnación contra Barahona, los magistrados del Tribunal Electoral corren el riesgo de ser sancionados con una reclusión de seis meses a tres años si no ejecutan la sentencia de inhabilitación de la Corte Suprema de Justicia, según lo advierte el artículo 349 del Código Penal.

La sentencia de la Sala de lo Constitucional es firme y “no puede ser modificada en sus términos por un simple permiso, producto de la convención entre dos o más personas”, argumenta el profesional del derecho.

El Tribunal tendrá que resolver este caso en los próximos días. El pastor Barahona asegura que le asiste la razón y si no lo inscriben presentará una denuncia ante Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), porque le están violando sus derechos ciudadanos.

Tomado de elheraldo.hn

Regresar a nota principal

 
Todos los derechos reservados PROCESO.HN ® Copyright 2005